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Excedencia Laboral en España 2026: Tipos, Requisitos y Cómo Solicitarla

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Si llevas tiempo dándole vueltas a la idea de parar un tiempo en el trabajo sin perderlo del todo, seguramente ya has oído la palabra «excedencia» en boca de algún compañero. Puede que necesites cuidar a tu madre después de una operación, que te apetezca probar suerte con un proyecto propio o que simplemente te acabe de nacer un hijo y quieras estar en casa más de lo que permite el permiso de paternidad. Sea cual sea el motivo, la ley española contempla varias formas de dejar tu puesto en pausa sin renunciar a él para siempre.

Lo que pocos saben es que la excedencia no es un único trámite, sino un paraguas que cubre situaciones muy distintas entre sí, con derechos y plazos que cambian bastante según el tipo que pidas. En este artículo repasamos, con ejemplos reales, qué opciones tienes en 2026 y cómo evitar los errores que más quebraderos de cabeza dan a la hora de volver.

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¿Qué es la excedencia laboral y qué tipos existen?

La excedencia es el derecho que tiene un trabajador a suspender temporalmente su contrato sin extinguirlo, es decir, sigues siendo empleado de la empresa aunque no acudas a trabajar ni cobres nómina durante ese periodo. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 46, recoge cuatro modalidades principales: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos y por cuidado de familiares. Cada una tiene su propia letra pequeña.

Según los datos que maneja el Ministerio de Trabajo, la mayoría de las excedencias que se tramitan cada año en España son por cuidado de hijos, muy por delante de la voluntaria. Eso sí, en la práctica esto significa que muchas empresas están más familiarizadas con gestionar bajas por maternidad extendidas que con una excedencia voluntaria clásica, así que no te extrañe si en recursos humanos te piden que les expliques bien qué necesitas.

Imagina el caso de Marta, administrativa en una gestoría de Valencia, que después de ocho años en la misma empresa decidió pedir seis meses de excedencia voluntaria para acompañar a su pareja en un traslado laboral a Alemania. Su empresa tardó casi tres semanas en resolver la solicitud porque nunca habían gestionado una así. Ese retraso, aunque no es lo habitual, te da una pista de por qué conviene pedirla con margen.

Excedencia voluntaria: requisitos y duración

Para pedir una excedencia voluntaria necesitas, como mínimo, un año de antigüedad en la empresa. La duración puede ir de cuatro meses a cinco años, y aquí viene el matiz que más gente pasa por alto: no puedes volver a solicitarla hasta que no hayan transcurrido cuatro años desde el final de la anterior, salvo que el convenio colectivo de tu sector diga otra cosa.

A diferencia de la excedencia por cuidado de hijos, en la voluntaria no tienes derecho a reserva del mismo puesto, sino a lo que la ley llama «derecho preferente de reingreso» en una vacante de igual o similar categoría cuando exista y la solicites. Sorprende que muchos trabajadores lo confundan con una garantía de vuelta automática, y luego se llevan un disgusto cuando la empresa tarda meses en ofrecerles algo.

El convenio colectivo de tu sector puede mejorar estas condiciones mínimas, así que antes de firmar nada merece la pena que lo consultes con detalle. En hostelería y comercio, por ejemplo, es habitual encontrar cláusulas que amplían el derecho de reingreso a un plazo más corto que el que marca la ley general.


Excedencia por cuidado de hijos y familiares

Esta es, con diferencia, la excedencia más solicitada. Tienes derecho a pedirla desde el nacimiento, la adopción o el acogimiento de un hijo, y puede extenderse hasta tres años. Lo interesante es que, a diferencia de la voluntaria, aquí no se exige ninguna antigüedad previa: puedes pedirla incluso si acabas de entrar en la empresa.

Durante el primer año tienes derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo. A partir de ese momento y hasta completar los tres años, la reserva pasa a ser de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente, no necesariamente el mismo. Eso sí, si tienes una familia numerosa, la ley amplía ese primer año de reserva a 15 o 18 meses según la categoría de familia numerosa que tengas reconocida.

La excedencia por cuidado de familiares funciona de forma parecida, pero se limita a dos años y está pensada para atender a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Piensa en el caso de un padre que necesita cuidados tras un ictus: su hijo puede acogerse a esta modalidad sin tener que renunciar a su empleo.

Un detalle que se le escapa a mucha gente: el tiempo de excedencia por cuidado de hijos o familiares sí computa a efectos de antigüedad, algo que no ocurre con la voluntaria. Lo que pasa es que muchas nóminas no reflejan bien ese matiz y toca reclamarlo cuando te reincorporas.

Excedencia forzosa: cuándo se aplica

La excedencia forzosa se concede cuando eres designado o elegido para un cargo público que te impide asistir al trabajo, por ejemplo si sales elegido concejal en tu ayuntamiento o accedes a un cargo sindical de ámbito provincial o superior. En este caso, a diferencia de las anteriores, sí tienes derecho a la reserva del puesto de trabajo durante todo el tiempo que dure el cargo, y el periodo cuenta como antigüedad a todos los efectos.

Ahora bien, esta modalidad es la menos habitual de las cuatro. Según cifras de sindicatos como CCOO, apenas representa una fracción mínima del total de excedencias tramitadas cada año, frente al peso enorme que tiene la de cuidado de hijos. Pero cuando se aplica, es la que mejor protege al trabajador porque no depende de la disponibilidad de vacantes para el reingreso.

Cómo solicitar la excedencia paso a paso

El trámite en sí es más sencillo de lo que parece, aunque conviene hacerlo bien para no tener sorpresas. Estos son los pasos que suele pedir cualquier departamento de recursos humanos:

  1. Redacta una solicitud por escrito indicando el tipo de excedencia, la fecha de inicio y, si la conoces, la de finalización.
  2. Entrégala con antelación suficiente, lo ideal son al menos 15 días antes, aunque el convenio puede fijar otro plazo.
  3. Guarda una copia sellada o el acuse de recibo, ya sea en papel o por correo electrónico con confirmación de lectura.
  4. Si es por cuidado de hijos o familiares, adjunta el libro de familia, el certificado de nacimiento o el informe médico que acredite la situación de dependencia.
  5. Espera la respuesta formal de la empresa, que debe confirmar por escrito la concesión y las fechas exactas.

La verdad es que el mayor error no suele estar en el papeleo, sino en los plazos: pedir la excedencia con prisas, sin margen para que la empresa reorganice tu puesto, es lo que más fricción genera. Si puedes, avisa con un mes de antelación aunque la ley solo te exija quince días.

Derechos durante la excedencia: reserva de puesto y cotización

Uno de los aspectos que más dudas genera es qué pasa con la Seguridad Social mientras estás de excedencia. En la voluntaria, la cotización queda suspendida por completo: no cotizas y, por tanto, ese periodo no cuenta para la pensión ni para el paro. En cambio, en la excedencia por cuidado de hijos, los dos primeros años se consideran periodo de cotización efectiva a efectos de prestaciones, algo que cambia mucho el cálculo si más adelante te quedas sin empleo.

Eso sí, durante cualquier tipo de excedencia dejas de generar derecho a vacaciones, a pagas extra y, en general, a cualquier retribución. Tampoco puedes trabajar para la competencia si tu convenio incluye una cláusula de no competencia, así que conviene revisarlo antes de aceptar cualquier oferta puntual mientras estás fuera.

Sin embargo, hay algo que sí se mantiene siempre: tu antigüedad no se pierde salvo en la excedencia voluntaria, donde queda congelada durante el tiempo que dure. Y si al terminar el periodo la empresa no te reincorpora ni te ofrece una vacante equivalente cuando corresponde, puedes reclamar por despido improcedente ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) y, si no hay acuerdo, ante los tribunales.


Pedir una excedencia es, en el fondo, una decisión personal que conviene planificar con la misma seriedad que un cambio de trabajo. Antes de firmar, habla con recursos humanos, revisa tu convenio colectivo y calcula bien cómo te afectará a la cotización y a la economía familiar durante esos meses. No hay una fórmula única que sirva para todos los casos, así que lo mejor es que valores tu situación concreta con calma.

Preguntas frecuentes sobre la excedencia laboral

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras estoy de excedencia voluntaria?
Sí, en principio puedes trabajar para otra empresa durante la excedencia voluntaria, siempre que tu contrato o convenio colectivo no incluya una cláusula de exclusividad o no competencia que lo prohíba expresamente. Conviene revisarlo antes de firmar cualquier nuevo contrato.

¿Qué pasa si mi empresa no me readmite al terminar la excedencia?
Si tenías derecho a reserva del puesto y la empresa no te reincorpora, puedes reclamar por despido ante el SMAC y, si no se llega a un acuerdo, ante el Juzgado de lo Social. Si tu derecho era solo preferente de reingreso, la empresa debe ofrecerte la primera vacante equivalente que surja.

¿La excedencia por cuidado de hijos cuenta para el paro?
Los dos primeros años de la excedencia por cuidado de hijos se consideran cotización efectiva, por lo que sí cuentan de cara a futuras prestaciones por desempleo. La excedencia voluntaria, en cambio, no genera ningún derecho porque no hay cotización durante ese periodo.

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