Cuando termina una relación laboral, sea por despido, fin de contrato o baja voluntaria, siempre hay un momento incómodo: revisar el papel del finiquito y comprobar si la cifra cuadra. Muchos trabajadores lo firman sin mirar apenas, con las prisas de la última jornada, y luego descubren que faltaba algo por cobrar. En este artículo te explicamos qué es exactamente el finiquito, qué conceptos debe incluir y qué hacer si crees que la empresa no te ha pagado lo que te corresponde.
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Qué es el finiquito y cuándo tienes derecho a cobrarlo
El finiquito es el documento y el pago que liquida todo lo que la empresa te debe en el momento de terminar la relación laboral, al margen del motivo. Da igual si te despiden, si el contrato temporal llega a su fin o si eres tú quien decide irse: siempre tienes derecho a cobrarlo, según recoge el Estatuto de los Trabajadores.
Un caso habitual es el de quien deja un contrato temporal en hostelería tras la temporada de verano: aunque no haya despido de por medio, la empresa está obligada a saldar los días trabajados, las pagas extra pendientes y las vacaciones no disfrutadas. Lo que sorprende a mucha gente es que este derecho existe incluso cuando es el propio trabajador quien presenta la baja voluntaria.
Eso sí, el finiquito no incluye ningún tipo de indemnización salvo que la ley o el convenio lo prevean expresamente para ese tipo de extinción de contrato, algo que suele generar confusión entre quienes se enfrentan a esto por primera vez.
Qué conceptos incluye el finiquito
El cálculo del finiquito no es un número que la empresa decide a su gusto: responde a una suma de conceptos concretos. Los salarios pendientes de los días trabajados en el último mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias no cobradas y los días de vacaciones generados y no disfrutados son los tres pilares básicos que aparecen en prácticamente todos los finiquitos.
Según explican distintos gabinetes de asesoría laboral consultados este verano de 2026, también deben incluirse conceptos menos conocidos como las horas extra no compensadas o los pluses variables acordados en el contrato, algo que muchas empresas olvidan añadir por descuido o, en el peor de los casos, de forma intencionada.
Lo que pocos saben es que si el convenio colectivo de tu sector reconoce algún complemento específico, como plus de transporte o de peligrosidad, ese importe proporcional también entra dentro del cálculo, aunque no aparezca reflejado de forma clara en el desglose que te entrega la empresa.

Cómo se calcula el finiquito paso a paso
El primer paso es calcular los días trabajados desde el último pago hasta la fecha de baja y multiplicarlos por el salario diario. A esto se suma la parte proporcional de las pagas extra: si tu empresa las prorratea mensualmente ya estarán incluidas en la nómina, pero si se pagan en junio y diciembre, hay que calcular la parte generada desde el último cobro.
Las vacaciones no disfrutadas se calculan de forma similar: se cuentan los días de vacaciones generados proporcionalmente al tiempo trabajado en el año y se restan los que ya hayas disfrutado. Un ejemplo real ayuda a entenderlo mejor: un trabajador con un salario bruto de 1.800 euros mensuales que deja la empresa el 15 de marzo, con dos pagas extra prorrateadas y sin vacaciones pendientes, cobraría aproximadamente la mitad de su salario mensual más los días proporcionales correspondientes.
La verdad es que hacer este cálculo a mano puede resultar farragoso, así que muchos trabajadores optan por usar calculadoras de finiquito gratuitas disponibles en portales de sindicatos como CCOO o UGT antes de firmar cualquier documento.
Finiquito e indemnización: no es lo mismo
Aquí es donde más se lía la gente. El finiquito liquida lo que ya has generado trabajando; la indemnización, en cambio, es una compensación económica que solo corresponde en determinados tipos de extinción de contrato, como el despido improcedente o el despido objetivo.
En un despido objetivo procedente, por ejemplo, la indemnización legal mínima es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, mientras que en un despido improcedente sube a 33 días por año con un tope de 24 mensualidades para contratos posteriores a 2012. Ahora bien, si simplemente termina tu contrato temporal por finalización de obra o servicio, no hay indemnización de despido, aunque sí puede corresponder una pequeña compensación de 12 días por año según el tipo de contrato.
Confundir ambos conceptos lleva a muchos trabajadores a firmar el finiquito pensando que ya incluye todo lo que les corresponde, cuando en realidad la indemnización, si procede, debería figurar como una partida aparte y bien diferenciada.
Qué hacer si no estás de acuerdo con el finiquito
Lo primero, y esto es fundamental: nunca firmes el finiquito sin revisarlo con calma, y si tienes dudas, añade la coletilla «no conforme» junto a tu firma antes de aceptarlo. Esa simple anotación te permite reclamar después sin perder el derecho a cobrar el resto del importe ya reconocido.
Si tras revisarlo con un abogado laboralista o con el sindicato de tu sector confirmas que faltan cantidades, el siguiente paso es solicitar la conciliación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma, un trámite gratuito y obligatorio antes de acudir a los tribunales. En Madrid, por ejemplo, varios despachos laboralistas reportaron en 2026 un aumento notable de reclamaciones por finiquitos incompletos en el sector de la construcción y la hostelería.
Si la conciliación no llega a un acuerdo, queda la vía judicial: tienes un plazo de un año desde que se extinguió el contrato para reclamar las cantidades adeudadas, así que no conviene dejarlo pasar por pereza o desconocimiento.
Plazos y forma de pago del finiquito
La ley no fija un plazo exacto para el pago del finiquito, pero la práctica habitual, y lo que exige la buena fe contractual, es que se abone el mismo día en que finaliza la relación laboral o, como mucho, junto con la nómina del mes siguiente. Sin embargo, lo que pasa en la práctica es que algunas empresas se demoran semanas alegando trámites administrativos, algo que no es excusa legal válida.
El pago suele hacerse por transferencia bancaria, igual que el resto de nóminas, y debe ir acompañado de un documento que desglose cada concepto con su importe correspondiente. Si la empresa se niega a entregarte ese desglose por escrito, tienes derecho a exigirlo antes de firmar nada.
Sin embargo, conviene recordar que el finiquito tributa igual que un salario normal a efectos de IRPF, salvo la parte correspondiente a indemnización legal, que suele estar exenta hasta ciertos límites establecidos por Hacienda.

Si estás a punto de dejar un trabajo, revisa cada línea del finiquito con calma antes de firmar, pide el desglose por escrito y no dudes en consultar a un sindicato o a un laboralista si algo no te cuadra. Es tu dinero, generado con tu trabajo, y nadie debería sentirse presionado a firmar deprisa el último día en la oficina.
Preguntas frecuentes
¿Puedo negarme a firmar el finiquito si no estoy de acuerdo con la cantidad?
Sí. Puedes negarte a firmar o firmar como «no conforme», lo que te permite cobrar la parte que no discutes y reclamar después la diferencia sin perder ese derecho.
¿El finiquito incluye siempre indemnización por despido?
No. El finiquito liquida salarios, pagas extra y vacaciones pendientes; la indemnización solo corresponde en determinados tipos de despido, como el improcedente o el objetivo, y debe figurar como partida aparte.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito mal calculado?
El plazo general es de un año desde la fecha de extinción del contrato para reclamar las cantidades que consideres que no te han pagado correctamente.
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