Si esta mañana te han dado la carta de despido, lo primero que necesitas saber es si ese despido es improcedente — y, spoiler: en muchos casos, lo es. El despido improcedente es una figura clave del derecho laboral español que puede significar decenas de miles de euros de diferencia para ti. Y sin embargo, muchísimos trabajadores lo desconocen o, lo que es peor, firman papeles en el momento más vulnerable sin saber exactamente qué están cediendo.
En este artículo te explicamos todo: qué es exactamente un despido improcedente según la normativa vigente en 2026, cómo calcular la indemnización que te corresponde, cuáles son tus derechos y, sobre todo, qué debes hacer en las primeras horas para no perder ningún plazo clave. Porque en esto, los tiempos importan mucho.
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¿Qué es el despido improcedente y cuándo se produce?
El Estatuto de los Trabajadores establece que cuando una empresa decide acabar con la relación laboral sin una causa justificada suficiente —o cuando el procedimiento seguido no es el correcto— el despido se considera improcedente. En otras palabras: la empresa ha metido la pata ya sea en el fondo (no había motivo real) o en la forma (no siguió los trámites establecidos por ley).
Existe una diferencia fundamental que conviene tener clara antes de seguir: el despido improcedente no es lo mismo que el despido nulo. El nulo se produce cuando hay una vulneración de derechos fundamentales —por ejemplo, despedir a una mujer embarazada o a alguien por ejercer su derecho a huelga—. En ese caso, la empresa está obligada a readmitirte y pagarte todos los salarios que hayas dejado de percibir. El improcedente, en cambio, abre una bifurcación: o te readmiten o te pagan la indemnización que corresponde por ley.
Un dato que sorprende: según el Consejo General del Poder Judicial, en 2024 los tribunales laborales declararon improcedentes cerca del 58 % de los despidos individuales que llegaron a juicio. Más de la mitad. Lo que significa que si tienes dudas sobre el tuyo, estadísticamente tienes argumentos sólidos para reclamar.
Los motivos más habituales por los que un despido acaba siendo declarado improcedente son: carta de despido con causas vagas o insuficientes, ausencia de expediente disciplinario previo cuando se alegan razones de conducta, defectos formales en la comunicación, o simplemente que la empresa no puede acreditar las causas que alega ante el juez.
Indemnización en 2026: cuánto te corresponde exactamente
Aquí es donde la cosa se pone interesante — y donde la mayoría de los trabajadores necesita un cálculo claro. La cuantía de la indemnización por despido improcedente en España se calcula a razón de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. Este baremo entró en vigor con la reforma laboral de 2012 y sigue vigente en 2026.
Cálculo paso a paso:
- Divide tu salario bruto anual entre 365 para obtener tu salario diario.
- Multiplica ese salario diario por 33.
- Multiplica el resultado por los años trabajados (con prorrateo de meses y días completos).
- Comprueba que el total no supera las 24 mensualidades de tu salario bruto.
Ejemplo real: imagina que llevas 5 años en una empresa con un salario bruto de 28.000 € anuales. Tu salario diario es de 76,71 €. Multiplicado por 33 días: 2.531,51 €. Por 5 años trabajados: 12.657 € de indemnización. Si en cambio llevaras 18 años con ese mismo sueldo: el cálculo daría 45.655 €, pero el límite de 24 mensualidades es 56.000 €, así que cobrarías los 45.655 € completos sin restricción.
Lo que pocos saben —y aquí está el truco para los contratos más antiguos—: los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 tienen un período transitorio. Para los años anteriores a esa fecha, la indemnización era de 45 días por año (con límite de 42 mensualidades). Si tu contrato arranca antes de esa fecha, la empresa debe calcular una indemnización «bifurcada» que tenga en cuenta ambos tramos. Si no lo hace correctamente, tiene un problema legal serio y tú tienes margen de reclamación adicional.

Tus derechos si te despiden improcedentemente
Además de la indemnización económica, cuando un despido es declarado improcedente existen derechos adicionales que la empresa difícilmente te va a explicar por iniciativa propia. Conviene conocerlos.
Derecho de opción entre readmisión e indemnización: si eres representante sindical o delegado de personal, eres tú quien elige entre que te readmitan o cobrar la indemnización. Para el resto de trabajadores, es la empresa quien decide. En la práctica, casi todas optan por pagar y no readmitir — la coexistencia en el mismo puesto tras un despido es raramente funcional.
Salarios de tramitación: desde la reforma de 2012, los salarios de tramitación —los sueldos que habrías cobrado desde el despido hasta que se dicte sentencia— solo se abonan si la empresa decide readmitirte. Si opta por la indemnización, no hay salarios de tramitación para el trabajador ordinario. La excepción son los representantes sindicales y delegados: ellos los cobran en todo caso, con independencia de la opción que elija la empresa.
FOGASA como red de seguridad: si la empresa tiene problemas económicos y no puede hacer frente al pago, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) cubre hasta ciertos límites tanto salarios impagados como parte de la indemnización en supuestos de insolvencia. No es una solución perfecta, pero existe y hay que saber reclamarlo.
Lo más llamativo es que una parte significativa de los trabajadores renuncia a estos derechos por simple desconocimiento — o porque firman el «recibí» de la carta de despido creyendo que así están aceptando las condiciones. Ojo con esto: firmar la carta solo acredita que la has recibido, no que estés de acuerdo con el despido. Son cosas completamente distintas.
Qué hacer en las primeras 24-48 horas tras el despido
La primera regla, sin excepciones: no firmes nada que implique conformidad. Puedes y debes firmar que has recibido la carta de despido —si no lo haces, la empresa puede enviártela por burofax y el plazo empieza igual—, pero añade la coletilla «no conforme» si tienes cualquier duda. Nunca firmes el finiquito sin haberlo revisado con un abogado o un asesor sindical.
Lo segundo y urgente: dirígete al SEPE (antes INEM) para solicitar la prestación por desempleo. Tienes 15 días hábiles desde el despido para hacerlo y no perder días de paro. Quince días hábiles son menos de lo que parecen si hay un fin de semana largo o un festivo de por medio. No lo dejes para después.
Lo tercero: recopila y guarda todos los documentos posibles. La carta de despido, las nóminas de los últimos meses, el contrato original y sus posibles prórrogas, partes de trabajo, correos electrónicos relevantes y mensajes de WhatsApp si los hubiera. En una mediación o en un juicio, cualquier papel puede marcar la diferencia. Los jueces valoran la documentación.
Y lo cuarto: acude a un abogado laboralista o a un sindicato. Muchos sindicatos ofrecen asesoramiento gratuito incluso para no afiliados, al menos en una primera consulta. Si el caso va a juicio, hay abogados que trabajan a éxito —cobran solo si ganas—, lo que elimina el riesgo económico de reclamar.
Plazos legales que no puedes perder
20 días hábiles. Ese es el plazo que tienes para impugnar el despido ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) antes de poder interponer una demanda judicial. Es un paso obligatorio y previo. Si dejas pasar ese plazo, pierdes el derecho a reclamar, sin excepciones y sin posibilidad de prórroga.
El proceso funciona así: primero presentas la papeleta de conciliación en el SMAC, que congela el plazo mientras el acto de conciliación está pendiente. Si no hay acuerdo en la conciliación —lo habitual—, se interpone demanda ante el Juzgado de lo Social. La sentencia puede tardar entre 6 meses y 2 años dependiendo de la carga del juzgado de tu provincia.
Un dato relevante de contexto: en 2025, el tiempo medio de resolución de un juicio laboral en Madrid fue de 8,4 meses según datos del CGPJ. En Cataluña la media fue algo inferior, en torno a los 7 meses. En comunidades con menor volumen de litigios puede ser más rápido. Eso sí, la conciliación suele resolverse en pocas semanas y, si hay acuerdo, el asunto se cierra sin pasar por el juzgado.

Sectores con más despidos improcedentes en España
Los sectores que concentran más litigios por despido improcedente en España son, de mayor a menor volumen: hostelería y turismo, comercio minorista, construcción, servicios de limpieza y mantenimiento, y —sorprendentemente— parte del sector financiero, aunque aquí los acuerdos suelen cerrarse antes de llegar al juzgado gracias a los departamentos jurídicos internos de las entidades.
La razón de fondo es que en muchos de estos sectores la documentación que debería justificar los despidos disciplinarios es débil o directamente inexistente. Una empresa puede alegar que el trabajador ha incumplido normas de conducta, pero si no existe un expediente disciplinario previo con amonestaciones escritas, ese despido tiene muchas papeletas de ser declarado improcedente nada más llegar al juzgado.
En la práctica esto significa que, si trabajas en alguno de estos sectores y te han despedido de repente sin que hayas recibido ningún aviso escrito previo, tienes argumentos bastante sólidos para reclamar. La informalidad en la gestión laboral que caracteriza a ciertos sectores juega, en este caso, a favor del trabajador.
El despido improcedente no es solo una figura jurídica abstracta: es dinero real, son derechos concretos y son plazos que hay que respetar. Si te han despedido y tienes dudas, no esperes. Consulta con un abogado laboralista o con tu sindicato en las primeras horas, no firmes nada que implique conformidad y acude al SEPE cuanto antes para no perder días de prestación. Que sepas lo que te corresponde cambia completamente la negociación.
Preguntas frecuentes sobre el despido improcedente en España
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un juicio por despido improcedente en España?
El tiempo medio oscila entre 8 meses y 2 años dependiendo del juzgado y la provincia. En Madrid, la media en 2025 fue de 8,4 meses según datos del CGPJ. Antes del juicio es obligatorio pasar por el acto de conciliación en el SMAC, que puede resolverse en pocas semanas y, si hay acuerdo, evita el juicio por completo.
¿Puedo cobrar el paro mientras reclamo un despido improcedente?
Sí. Puedes solicitar la prestación por desempleo al SEPE aunque estés impugnando el despido. Son procesos independientes y compatibles. Si finalmente cobras la indemnización por despido improcedente, esto no afecta a tu derecho al paro ni a las cantidades ya cobradas como prestación.
¿Qué pasa si la empresa me ofrece firmar un acuerdo de salida?
Un acuerdo de extinción pactada o una baja incentivada no es lo mismo que un despido improcedente. Al firmar un acuerdo, normalmente renuncias a impugnar el despido a cambio de una cantidad negociada. Antes de firmar cualquier acuerdo, consulta con un abogado: puede que la cantidad ofrecida sea inferior a lo que te correspondería por ley si el despido fuera declarado improcedente.
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